Las asignaturas de Formación y Orientación Laboral y de Empresa e Iniciativa Emprendedora, incluidos en los reales decretos que regulan los títulos de Formación Profesional aprobados de conformidad con la regulación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), se convalidarán con independencia del Grado Medio o Superior al que pertenezcan.
Para aquellos alumnos que deseen convalidar la asignatura de Formación y Orientación Laboral y aporten un certificado de notas de un ciclo formativo derivado de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), será necesaria la acreditación de la formación establecida para el desempeño de las funciones de nivel básico de la actividad preventiva, expedida de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, con indicación expresa de los contenidos superados. Certificación de prevención de riesgos laborales de nivel básico.
La asignatura de Inglés o Lengua Extranjera, siempre que se trate de la misma lengua, será objeto de convalidación con asignaturas o certificaciones académicas oficiales de nivel avanzado B2, para titulaciones de Grado Superior, de nivel intermedio B1 o superior, para titulaciones de Grado Medio, y titulaciones universitarias oficiales en Filología o Traducción e Interpretación, de la misma especialidad que la lengua extranjera que se desea convalidar.
La experiencia profesional y la formación no formal no podrán ser aportadas para la convalidación de asignaturas de títulos de Formación Profesional del sistema educativo, si no han sido objeto de reconocimiento a través de un procedimiento de acreditación de competencias profesionales.