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Grupos profesionales: ¿cuáles hay y cómo saber a cuál perteneces?

Para saber a qué grupo profesional perteneces, debes consultar tu contrato de trabajo o tu nómina, donde aparecerá según el convenio colectivo aplicable. Aunque popularmente se sigue usando el término categoría profesional, desde la reforma laboral de 2012, la clasificación oficial se realiza por grupos basados en funciones, titulación y responsabilidad.

Diferencia entre grupo profesional y categoría profesional

Durante muchos años, hablar de categoría laboral era la forma habitual para identificar la posición de un trabajador dentro de la empresa. Sin embargo, la normativa laboral española evolucionó para adaptarse a un mercado más flexible y orientado a las competencias, lo que ha derivado en que ahora se designen grupos profesionales. 

Fue la reforma laboral de 2012 la que terminó con el concepto de categorías profesionales, sustituyéndolo por los grupos profesionales, algo que ha mantenido la última reforma laboral de 2022.

Categoría profesional

La categoría profesional hacía referencia a un puesto concreto y cerrado en el cual se encuadraban los empleados en función de las tareas que desempeñasen. Pero este sistema se demostró demasiado rígido y, además, limitaba la movilidad funcional de los trabajadores.

Por ello, la reforma laboral introducida por la Ley 3/2012, de 6 de julio, eliminó la categoría profesional como sistema principal de clasificación y apostó por un modelo más amplio y funcional. Este cambio quedó plasmado en el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores, que aborda el sistema de clasificación profesional.

Seguramente, sigas escuchando hablar de categoría profesional, pero debes saber que legalmente ya no es el marco de referencia prioritario.

Grupo profesional

El grupo profesional aúna distintos puestos que comparten funciones parecidas, con similar nivel de responsabilidad, formación requerida y autonomía. Es un concepto más flexible que la categoría profesional y está pensado para adaptarse a la realidad cambiante de las empresas.

En el propio Estatuto de los Trabajadores, concretamente en su artículo 22, se recoge que los grupos profesionales serán establecidos mediante la negociación colectiva (Convenio Colectivo), o en su defecto, por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

Se trata de una clasificación que permite una mayor movilidad funcional dentro del mismo grupo, siempre respetando la cualificación del trabajador. Por ejemplo, si cursas un grado superior y obtienes una titulación como desarrollador de aplicaciones multiplataforma, cuando comiences a trabajar puedes ser encuadrado en un grupo profesional técnico, que engloba funciones de programación, mantenimiento de sistemas y desarrollo de software, sin quedar limitado a un único puesto.

Del mismo modo, perfiles como el de higienista bucodental o técnico en administración y finanzas hoy pueden integrarse en grupos profesionales de mayor responsabilidad y reconocimiento salarial que cuando la clasificación se hacía por categorías profesionales.

¿Qué es el grupo de cotización?

El tercer concepto del que seguramente habrás oído hablar es el grupo de cotización. En este caso, se trata de una clasificación gestionada por la Seguridad Social, que agrupa a los trabajadores según su nivel laboral para estipular las bases mínimas y máximas por las que deben cotizar.

Las bases de cotización establecen las cuantías que, tanto el trabajador como la empresa, deben aportar a la Seguridad Social para cubrir cuestiones como el desempleo, las pensiones o las bajas por enfermedad.

La Tesorería General de la Seguridad Social, actualmente, establece 11 grupos de cotización asociados a los grupos profesionales.

Los diferentes grupos profesionales en España

En nuestro país, desde la reforma laboral del 2012, que estableció el concepto de grupos profesionales, los trabajadores de una compañía pueden clasificarse hasta en once grupos profesionales, frente a las cinco categorías que existían hasta entonces.

Estos grupos profesionales están regulados por los convenios colectivos y la legislación laboral vigente, que contempla diferentes niveles en función de las aptitudes, responsabilidades y funciones desempeñadas por cada trabajador. Estos son los grupos profesionales:

Grupo 1 – Ingenieros, licenciados y personal de alta dirección. Están aquí quienes ocupan puestos de máxima responsabilidad, planificación y toma de decisiones estratégicas dentro de la empresa.

Grupo 2 – Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados. En este grupo se encuentran los profesionales con formación técnica oficial cuya función implica supervisión, análisis y aplicación de procedimientos especializados.

Grupo 3 – Jefes administrativos y de taller. Son las personas con responsabilidad de coordinación y gestión de equipos o áreas, con cierto grado de autonomía.

Grupo 4 – Ayudantes no titulados. El personal que presta apoyo en tareas operativas, sin requerir una titulación oficial específica, es el que conforma este grupo.

Grupo 5 – Oficiales administrativos. En esta categoría, se encuadran los trabajadores encargados de funciones administrativas de nivel medio, como gestión documental, atención o soporte.

Grupo 6 – Subalternos. Aquí se incluyen los empleados que realizan tareas de apoyo general dentro de una oficina o departamento.

Grupo 7 – Auxiliares administrativos. Este grupo está constituido por las personas con responsabilidades básicas de administración, generalmente con menor complejidad técnica que el grupo 5.

Grupo 8 – Oficiales de primera y segunda. Es el personal operativo con habilidades técnicas reconocidas y experiencia práctica.

Grupo 9 – Oficiales de tercera y especialistas. Los empleados con una especialización concreta dentro de funciones técnicas o manuales estarán aquí.

Grupo 10 – Peones. Son aquellas personas que realizan tareas manuales sin requerir habilidades técnicas superiores.

Grupo 11 – Trabajadores menores de 18 años. En este caso, independientemente de su categoría profesional, se agrupan en esta categoría todas aquellas personas que trabajan sin tener los 18 años.

Este listado, que se puede consultar en la web de la Seguridad Social, asocia cada grupo de cotización a un grupo profesional determinado.

El modelo de clasificación por grupos profesionales permite una estructura más inclusiva y flexible que el antiguo sistema de cinco categorías, facilitando que diferentes funciones y niveles formativos queden correctamente recogidos según su realidad laboral actual.

¿Cómo puedes saber a qué grupo profesional perteneces?

Si quieres saber a qué grupo profesional perteneces, existen varias vías fiables para que puedas conocer este dato. Estos son los documentos en los que figura el grupo profesional en el que estás encuadrado:

1. Contrato de trabajo: suele indicar el grupo profesional asignado.

2. Nómina: aparece reflejado junto al grupo de cotización.

3. Convenio colectivo aplicable: define las funciones de cada grupo.

4. Vida laboral: se puede solicitar en la Seguridad Social y en este documento figura el grupo de cotización.

En caso de existir discrepancia entre las funciones reales y el grupo asignado, la Inspección de Trabajo puede intervenir.

La relación entre el grupo profesional y el grupo de cotización

El grupo profesional en el que te encuentras, además de describir tu nivel de responsabilidad, funciones y formación dentro de la empresa, también tiene un impacto directo en cómo cotizas. En España, esta relación se traduce en los llamados grupos de cotización a la Seguridad Social, que son tablas establecidas por ley para definir las bases mínimas y máximas de aportación según el tipo de puesto y funciones que desempeñas.

En 2026, está previsto que el SMI se incremente y, por lo tanto, la base mínima puede aumentar.

En la orden PJC/178/2025, de 25 de febrero, puedes consultar cómo se calculan las bases de cotización, así como los importes mínimos y máximos de estas por cada grupo de cotización. Esa norma también fija los topes máximos y mínimos, y cómo se calculan las cotizaciones por contingencias comunes, desempleo y otras protecciones sociales.

La base de cotización sirve de referencia para calcular tu aportación a:

La Seguridad Social: las cuotas que paga tanto tu empresa como tú.

– Las prestaciones para bajas por enfermedad, desempleo, incapacidad temporal o jubilación.

Por ello, el grupo que te asignen puede influir en cuánto cotizas al mes y qué peso tendrá esa cotización en tu historial contributivo. Cada categoría profesional tiene asignado un grupo de cotización:

Grupo de cotización  Categorías profesionales  Base mínima (€ / mes)  Base máxima (€ / mes) 
1 Ingenieros y licenciados / alta dirección  1 929,00  4 909,50 
2 Ingenieros técnicos, peritos y ayudantes titulados  1 599,60  4 909,50 
3 Jefes administrativos y de taller  1 391,70  4 909,50 
4 Ayudantes no titulados  1 381,20  4 909,50 
5 Oficiales administrativos  1 381,20  4 909,50 
6 Subalternos  1 381,20  4 909,50 
7 Auxiliares administrativos 1 381,20  4 909,50 
8 Oficiales de 1ª y 2ª  1 381,20  4 909,50
9 Oficiales de 3ª y especialistas  1 381,20  4 909,50 
10 Peones  1 381,20  4 909,50 
11 Trabajadores < 18 años   1 381,20   4 909,50 


En la práctica, estos datos suponen que, si estás desempeñando un puesto que requiere titulación superior o experiencia técnica, tu base mínima de cotización será más elevada que si te encuentras en un puesto que exige menor cualificación. 

·Preguntas frecuentes sobre los grupos profesionales

– ¿Puede la empresa cambiar mi grupo profesional?
Sí, puede hacerlo siempre que exista una razón organizativa para ello y respetando, tanto las condiciones del convenio, como tu cualificación.

El Estatuto de los Trabajadores en su artículo 22 determina que los puestos se organizan en grupos profesionales, lo que otorga cierta flexibilidad para reorganizar tareas dentro de la empresa, pero existen límites.

El artículo 39 del propio Estatuto establece que cualquier modificación debe respetar tu formación y tu cualificación profesional, por lo que no puede hacerse de forma arbitraria. Tampoco podrá suponer una pérdida salarial injustificada.

– ¿Puedo solicitar un cambio en mi grupo profesional?

Sí, puedes hacerlo. En caso de que realices funciones de un grupo superior de forma habitual, puedes reclamar el reconocimiento. Este procedimiento está reconocido en el artículo 137 de la Ley reguladora de la jurisdicción social.

– ¿Qué implica que la empresa me haya asignado un grupo erróneo?

Estar en un grupo que no te corresponde puede afectar a tu salario, a tu cotización a la Seguridad Social y a las prestaciones futuras, por ello, es recomendable solicitar una regularización cuanto antes.

Mejorar de grupo profesional no es únicamente una cuestión administrativa, sino que tiene un impacto directo en tu salario, tu estabilidad y tu protección social.



En España, una de las vías más eficaces para ascender de grupo es la formación. Contar con un título de Formación Profesional, sea un grado superior o un grado medio, permite acceder a categorías profesionales más altas y, por tanto, a mejores grupos de cotización. La formación técnica especializada se ha convertido en la clave para progresar profesionalmente en el mercado laboral actual.

En UNIVERSAE podemos asesorarte para iniciar tu formación con el ciclo que mejor se adapte a tus intereses.

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